La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento a través del cual aquellas personas físicas o autónomos que tienen deudas y no pueden atenderlas, o bien se encuentran en una situación de inminente insolvencia, cumpliendo determinados requisitos pueden verse liberados de las mismas.
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Tu abogado presentará una solicitud ante el Juzgado de lo Mercantil correspondiente a tu domicilio, en la cual se expone la situación de impago de deudas o de inminente insolvencia, la situación personal y familiar, una relación de activos y deudas, los ingresos y gastos previstos, así como la documentación legalmente requerida para la tramitación.
Si tu vivienda esta gravada con una hipoteca, podrás mantenerla en propiedad, sujetándote a un plan de pagos a cinco años adecuado a tus ingresos y gastos con respecto al resto de tus deudas, siempre y cuando se cumplan estas dos condiciones:
La exoneración estaría limitada en 10.000.-euros con respecto a las deudas con Hacienda, y en 10.000.-euros con respecto a las deudas con la Seguridad Social.
Por supuesto que sí.
La finalización del procedimiento dura aproximadamente entre cuatro meses y un año, dependiendo de la complejidad del procedimiento y de la carga de trabajo existente en el Juzgado de lo Mercantil al que se reparta tu caso.
Nuestros honorarios serán sin duda atractivos para ti, y en todo caso supondrán muy poco dinero en comparación con el beneficio que extraerás de una tramitación exitosa de tu procedimiento de segunda oportunidad.
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