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LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento a través del cual aquellas personas físicas o autónomos que tienen deudas y no pueden atenderlas, o bien se encuentran en una situación de inminente insolvencia, cumpliendo determinados requisitos pueden verse liberados de las mismas.  


Los denominados "mecanismos de segunda oportunidad" en favor de personas físicas y autónomos, en vigor en España desde el año 2015 a partir su armonización legislativa por parte de las instituciones europeas, han experimentado tras su reforma de septiembre de 2022  una sustancial simplificación en cuanto a los requisitos para acceder a sus beneficios, posibilitando procedimientos extraordinariamente rápidos y ágiles para que aquellos vean obtener judicialmente la exoneración total de sus deudas o bien, en determinadas circunstancias, una reducción notable de su deuda mediante la aplicación de la figura del "plan de pagos". 

Los procedimientos judiciales de segunda oportunidad casi se duplicaron en el 2024, al haberse percatado la ciudadanía, y la sociedad en general, del enorme beneficio que reporta,  no solo por rescatar de la economía una inmensa cantidad de personas, sin afectar a la robustez financiera de los bancos (véanse los beneficios de las entidades bancarias en estos últimos 10 años), sino por nutrir el espíritu emprendedor de su tejido social al prestar apoyo y no abandonar a quienes, en una ocasión concreta, por percances de la vida o de la actividad laboral o profesional,  "se endeudaron de buena fe y se vieron atrapados por sus deudas" .

De forma resumida, los requisitos para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad son los siguientes

  • Ser persona física (particular o autónomo).
  • Contar con más de un acreedor.
  • Encontrarse en situación de insolvencia o de inminente insolvencia.
  • No tener antecedentes penales por delitos económicos.
  • Ser considerado deudor de buena fe.
  • Colaborar con el Juzgado.

Los mecanismos de segunda oportunidad son hoy una realidad. De ella se han beneficiado miles de personas que, como tú ahora, llegaron a una situación desesperada de endeudamiento con dos o más entidades financieras, sufrieron la constante presión de los acreedores, y vieron cortado de cuajo su acceso al mercado de crédito. Una ágil actuación ante el Juzgado de lo Mercantil,  a través del debido asesoramiento legal de un abogado especialista en la materia, y la obtención del denominado "BEPI" ("Beneficio de Exoneración de Pasivo Insatisfecho") o en su caso de un beneficioso "plan de pagos", les brindó un alivio financiero, les eliminó de los ficheros de deudores morosos, y les otorgó la posibilidad de "comenzar de nuevo".

Haz que eso mismo te ocurra a ti! Acude a PALOMAR ABOGADOS, y con la experiencia de nuestros profesionales te acompañaremos en ese proceso de "recuperar tu vida económica otra vez", lo cual influye sin duda en una mejora de tu vida personal

Si por cualquier motivo te encuentras en situación de imposibilidad de pago de tus deudas, o de inminente insolvencia, habla con nosotros.  En PALOMAR ABOGADOS te escucharemos con la máxima discreción y diseñaremos la estrategia ajustada a tu caso, de forma que puedas obtener la anulación de tus deudas o un plan de pagos que te libere definitivamente de tu situación financiera actual; y no tan sólo eso.... finalizado el trámite legal te asistiremos para que las condiciones beneficiosas obtenidas a través de este mecanismo legal te sean rigurosamente respetadas.





Tiene alguna duda? Necesita asesoramiento?

Contacte con nosotros ahora y le atenderemos telefónicamente o
envíenos un contacto y le llamaremos a la hora que prefiera.

Preguntas Frecuentes

¿Cómo acogerme a la ley de segunda oportunidad?

Tu abogado presentará una solicitud ante el Juzgado de lo Mercantil correspondiente a tu domicilio, en la cual se expone la situación de impago de deudas o de inminente insolvencia, la situación personal y familiar, una relación de activos y deudas, los ingresos y gastos previstos, así como la documentación legalmente requerida para la tramitación.



¿Cómo puedo saber todas las deudas que tengo?

En PALOMAR ABOGADOS te asistiremos para recabar toda esa información.

Debes de acudir a los bancos o entidades financieras con los que has contraído loa préstamos o créditos, y solicitar que entreguen un extracto acreditativo o te certifiquen las mismas

Las entidades bancarias cuentan con la información de tus deudas, y tienen la obligación legal de proporcionártela debidamente actualizada, conforme a la legislación de transparencia bancaria. En todo caso, las reiteradas reclamaciones que has recibido de la entidad bancaria resultarán una valiosa fuente de información.


¿Qué consigo realmente acudiendo a la Ley de Segunda Oportunidad?

En primer lugar, con la admisión a trámite por el Juzgado de la solicitud consigues que  se interrumpa de forma inmediata la exigencia de pago de tus deudas por los acreedores, con lo que se paraliza automáticamente el devengo de intereses y recargos por lo que la deuda no aumenta durante el procedimiento, excepción habida de la deuda garantizada con una hipoteca sobre tu vivienda habitual si pretendes quedarte con ella; se suspenden también los procedimientos judiciales de reclamación de deuda abiertos; y, por último, queda retenido el dinero de los embargos practicados, el cual te resultaría reintegrado si obtienes la exoneración de tus deudas.

Todo ello, no lo olvides, como paso previo a la consecución del objetivo real de la segunda Oportunidad, que no es otro que la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, la liberación de tus deudas,  o cuanto menos, su reducción mediante un plan de pagos. 

¿Qué ocurre con mi vivienda habitual si solicito la Segunda Oportunidad?

Si tu vivienda esta gravada con una hipoteca,  podrás mantenerla en propiedad, sujetándote a un plan de pagos a cinco años adecuado a tus ingresos y gastos con respecto al resto de tus deudas, siempre y cuando se cumplan estas dos condiciones: 


  • Que el préstamo de tu hipoteca se encuentre al día, sin cuotas pendientes de pago.
  • Que el valor de la vivienda sea igual o inferior a la cantidad pendiente de amortizar del préstamo hipotecario.

 

¿Qué ocurre si tengo deudas con Hacienda y con la Seguridad Social? ¿Podría llegar a liberarme de ellas a través del Procedimiento de Segunda Oportunidad?

La exoneración estaría limitada en 10.000.-euros con respecto a las deudas con Hacienda, y en 10.000.-euros con respecto a las deudas con la Seguridad Social.


Ello implica que tales cuantías podrían obtener la exoneración, y con respecto a los importes que sobrepasasen las mismas, podría instrumentarse un plan de pagos. 

¿Puedo como avalista de un deudor insolvente acogerme a los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad?

Por supuesto que sí. 


De hecho, es uno de los supuestos más habituales con los que nos encontramos los profesionales especialistas en esta clase de procedimientos.

Las cuantías de exoneración de deudas, en casos concretos,  incluso llegan a alcanzar cientos de miles de euros.

¿Cuanto tiempo dura la tramitación de un procedimiento de Segunda Oportunidad?

La finalización del procedimiento dura aproximadamente entre cuatro meses y un año, dependiendo de la complejidad del procedimiento y de la carga de trabajo existente en el Juzgado de lo Mercantil al que se reparta tu caso.

¿Qué me costará encargaros la tramitación de mi procedimiento de Segunda Oportunidad?

Nuestros honorarios serán sin duda atractivos para ti, y en todo caso supondrán muy poco dinero en comparación con el beneficio que extraerás de una tramitación exitosa de tu procedimiento de segunda oportunidad.


Explícanos tu caso, y escucha nuestra orientación, eso es lo importante en este momento. Te recomendamos que en este momento te enfoques sobre a quien confías tu caso, y por qué. 

Nuestros honorarios se fijarán teniendo en cuenta  tu plena satisfacción, a través de un equilibrado acuerdo entre nuestro despacho y tú; puedes confiar que en ningún caso los considerarás elevados y se adaptarán plenamente a tu situación de liquidez real  en el momento en que acudas a nosotros pactándose su pago en varios tramos.  


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