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USURA FINANCIACIÓN VEHÍCULOS

¿Has pensado en el importe que pagaste, o vas a tener que pagar, por la financiación de la compra de tu coche?

Imagina que solicitas un préstamo de 14.000.-euros para la compra de tu coche; al cabo de 7 años, cuando has pagado tu último plazo, te das cuenta que has pagado junto al capital amortizado entre 7.000 u 8.000.-euros de más...... Ponte en otra situación..... compras un vehículo a plazos; pides a tu concesionario que te aplace 17.000.-euros; transcurridos los 8 años del plazo de tu préstamo, compruebas que la financiación de tu coche te ha costado 10.000,.euros, casi un 60% del préstamo que solicitaste!

¿Te resulta familiar? ¿Te suena lo que te estamos contando? ¿Verdad que no es ciencia ficción? Lamentablemente es real, y muy posiblemente ha podido sucederte a tí. Sin darte cuenta, pueden haberte "colado" un préstamo usurario.

Las prácticas usureras de los bancos y las entidades crediticias se han utilizado de forma masiva al ofrecer la financiación de compra de vehículos a los consumidores.

El banco domina a la perfección la psicología del consumidor, y en ocasiones hace uso de ello para extralimitarse legalmente  a través de la usura.

¿Qué queremos decir con ello? Pues que conoce que la prioridad del consumidor, a la hora de adquirir su vehículo,  es contar con la seguridad de que, con el plan de pagos que se le propone, sea capaz de acometer puntualmente los plazos del su préstamo. Colmar tal expectativa, unido a la satisfacción por la compra del vehículo, harán que inconscientemente desvíe su atención con respecto al precio realmente contratado en la financiación, lo que será aprovechado por el banco para aplicar un interés desorbitado y obtener pingües beneficios a costa del bolsillo del comprador.  

De esta forma, el banco, la entidad crediticia o el concesionario, mediante la pícara técnica de ofrecerte una financiación en largos y "cómodos" plazos (imagina  96 mensualidades distribuidas en 8 años), pone una "venda en tus ojos" y te presenta como barata una financiación que, no obstante, comparada con los precios de mercado, resulta carísima. Tú de buena fe crees que te están ofreciendo una magnífica operación, y acaban por colocarte un préstamo usurario, de lo que te darás cuenta años más tarde, cuando compruebes que has pagado casi dos veces el precio de tu coche.

Pero es más, ya aprovechando tu despiste, la entidad crediticia sacará tajada haciéndote abonar un seguro de impago...."cómodamente" fraccionado, cuyo precio no será inferior a 2.000.-euros, y una comisión de apertura, igualmente "cómodamente" fraccionada, no inferior a los 500.-euros.

Por ello, debes estar alerta de cómo financiaste tu vehículo. Mira los tipos T.A.E estipulados y analiza si superan estas cifras:

  • 2013:   13,00%
  • 2014:   13,00%
  • 2015:   12,00%
  • 2016:   11.50%
  • 2017:   11,50%
  • 2018:   11.00%
  • 2019:   11,00%
  • 2020:   10.50%
  • 2021:   10,50%
  • 2022:   10,50%

Si el tipo de interés T.A.E. contratado en la financiación de tu vehículo alcanza estas cifras, es más que probable que tu préstamo sea usurario  y por tanto nulo. En tal caso, tienes el derecho a que te restituyan la totalidad de los intereses que has pagado, el seguro y la comisión de apertura, y ello con independencia de tu préstamo ya haya vencido, o de que hubiere vencido hace ya varios años.

La nulidad radical de los prestamos usurarios está establecida por la ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios, y es corroborada por las Sentencias 628/2015, de 25 de noviembre, 149/2020, de 4 de marzo, y las más recientes Sentencias 228/2023, de 15 de febrero, y 317/2023, de 28 de febrero, todas ellas del Tribunal Supremo.

Recientemente, un cliente de Palomar Abogados, adquirente de un vehículo al que se otorgó financiación por Caixabank Payments & CONSUMER a un tipo T.A.E. del 14,23%, ha recuperado una cuantía de 7.500.-euros en concepto de devolución de intereses usurarios, seguro de la financiación y comisiones. Puedes comprobarlo en este link


Acude a Palomar Abogados, tráenos tu contrato de financiación de tu vehículo, y estudiaremos sin ningún compromiso la viabilidad de tu reclamación.

Ponte en manos de los profesionales de Palomar Abogados. Obtenemos un 100% de sentencias favorables en nuestras demandas de derecho bancario.

En el supuesto de que obtengas una sentencia estimatoria con condena en costas al banco, lo que ocurre en un 99% de los supuestos, la demanda te saldrá absolutamente gratis porque nuestros honorarios los pagará el banco. 

Da un paso adelante y acude a Palomar Abogados. Estudiaremos sin compromiso tu caso concreto y la viabilidad de tu reclamación. Déjanos ayudarte a recuperar tu dinero.


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Preguntas Frecuentes

¿Qué define al préstamo que me concedieron como usurario?

De acuerdo con lo establecido por la Ley de 23 de julio de 1908, sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios, tiene la condición de usurario todo interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.

Según el  Tribunal Supremo,  a efectos de averiguar la existencia o no de usura deberemos comparar el T.A.E. contratado por cliente con el T.A.E. que el Banco de España tiene publicado en sus estadísticas periódicas respecto a operaciones de financiación similares. 

Por ello, si el T.A.E del préstamo de tu vehículo oscila entre el 10,50% y el 13%, podría incurrir en usura; en ese caso, tienes el derecho a que se declare su nulidad y te devuelvan la integridad de los intereses que pagaste, el importe del seguro de vida que abonaste y la comisión de apertura que te cargaron por contratar el referido préstamo.  

¿Cuál es exactamente la cuantía que podré recuperar?

Reclamaremos la totalidad de los intereses  que te han cargado por el préstamo, el seguro de vida que abonaste y la comisión de apertura. 


Pero es más, junto a tales cuantías reclamaremos los intereses legales devengados desde la fecha en que efectuaste el pago de las referidas cantidades

¿Qué documentación precisáis para tramitar mi reclamación?

Nos basta con que nos traigas el contrato de préstamo, y si te es posible la documentación bancaria acreditativa de los cargos en concepto de intereses, comisiones y gastos que te han aplicado.

¿Estáis llevando reclamaciones en toda España?

Por supuesto que sí.


Puedes comprobarlo en la pagina web www.palomarabogados.es, donde visualizarás que litigamos a lo largo de toda nuestra geografía, como lo avalan las sentencias obtenidas por Palomar Abogados en Madrid, Toledo, Guipúzcoa, Castellon, Teruel, entre tantos otros fueros territoriales.

Estamos a tu plena disposición, sea cual sea el lugar desde el que nos contactes.

¿Puedo realmente recuperar mi inversión?

Sin duda.  


Puedes comprobarlo en nuestra página web. En ella verás  la sentencia favorable obtenida por PALOMAR ABOGADOS en el Juzgado de Primera Instancia de Denia (provincia de Alicante), en la que obtuvimos para nuestro cliente un importe de más de 7.000.-euros como consecuencia de la declaración judicial de usura en el préstamo que financió el vehículo de un consumidor.

Asimismo, tanto el Tribunal Supremo como las Audiencias Provinciales de toda España se han pronunciado sobre la nulidad de este tipo de operaciones de Préstamo en la financiación de vehículos. 

Comprueba si el T.A.E. que contrataste es alguno de estos: 


  • 2013:   13,00%
  • 2014:   13,00%
  • 2015:   12,00%
  • 2016:   11.50%
  • 2017:   11,50%
  • 2018:   11.00%
  • 2019:   11,00%
  • 2020:   10.50%
  • 2021:   10,50%
  • 2022:   10,50%

En tal caso, es muy posible que te encuentres ante un préstamo usuario. Contacta con Palomar Abogados. Tenemos un 100% de éxito en las demandas de derecho bancario que en los últimos diez años venimos tramitando para los consumidores.

¿ A cuánto ascienden vuestros honorarios?

Si como esperamos, obtenemos una sentencia estimatoria con condena en costas al Banco, la demanda te habrá resultado totalmente gratuita. 

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