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TARJETA REVOLVING

¿Te han ofrecido una tarjeta de crédito para efectuar compras aplazadas o disposiciones de crédito con un interés superior al 24%? ¿Te has encontrado con que, transcurrido el tiempo, has pasado a deber a la entidad financiera hasta dos y tres veces más que el importe financiado?

Acude a Palomar Abogados, reclama la nulidad de tu tarjeta revolving y la devolución íntegra de los intereses de usura que te aplicaron indebidamente

Te adjuntamos un enlace a la entrevista que nos efectuó la CADENA SER con respecto a las demandas de tarjetas revolving.


De acuerdo con el artículo 1 de la Ley de 23 de julio de 1.908,de Represión de la Usura, para que la operación crediticia pueda ser considerada usuraria basta con que "se estipule un interés superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso".

Desde el año 2017 el Banco de España publica datos estadísticos específicos de mercado relativos al tipo de interés   de las tarjetas de crédito y revolving, que permiten identificar el interés normal del dinero en ese mercado específico. 

En aquellos supuestos en que la entidad financiera establece un interés de financiación que exceda sustancialmente del tipo de interés publicado en el Banco de España, tal circunstancia determina la nulidad del contrato de tarjeta de crédito al ser de aplicación los artículos 1, 2 y 9 de la Ley de 23 de julio de 1908, de Represión de la Usura, así como el artículo 6.3 del Código Civil, y procede la consiguiente devolución de los intereses al consumidor. 

Traenos tu contrato de targeta revolving y el cuadro de amortización de tus compras aplazadas. 

Confirmaremos que tu operación se ajusta a la categoría crediticia "revolving", verificaremos con la información oficial del Banco de España si el interés pactado en tu contrato incurrió en usura, lo que sucede a partir del 24%, y en tal caso reclamaremos la devolución integra de los intereses que abonaste al incurrir en usura. 

Ya hemos obtenido sentencias favorables en los Tribunales. Puedes comprobarlo en este link:


Si tu crédito al consumo pertenece a una categoría crediticia distinta al de "tarjeta de crédito y revolving", igualmente es posible reclamar los intereses aplicados, por lo que de la misma forma analizaremos y valoraremos si tienes derecho a la nulidad del contrato y a la devolución del interés que abonaste. 

No te demores y contáctanos; ejerce tu derecho a reclamar esos intereses que tan abusivamente fueron aplicados en tu compra. Te ayudaremos a recuperar tu dinero.

En Palomar Abogados encontrarás profesionales especialistas en derecho bancario,  que con pleno compromiso y dedicación te proporcionaran una información personalizada y concreta respeto a tu caso en particular.  



Tiene alguna duda? Necesita asesoramiento?

Contacte con nosotros ahora y le atenderemos telefónicamente o
envíenos un contacto y le llamaremos a la hora que prefiera.

Preguntas Frecuentes

¿Que es exactamente la tarjeta revolving?

Se trata de una modalidad crediticia del que hacen uso ordinario los consumidores en sus operaciones de compra en establecimientos comerciales. 


Por virtud de este contrato, en cada compra que se realiza su importe en lugar de ser cargado en la cuenta a final del mes, es objeto de fraccionamiento en pequeñas cuotas a lo largo de un período y a un tipo de interés determinado.






¿Cómo puedo saber si la tarjeta revolving que he contratado es ilegal?

Anualmente y desde el año 2017 el Banco de España publica el dato estadístico del tipo de interés aplicado para la categoría crediticia de la tarjeta de crédito y revolving, 

Si el tiempo de interés aplicado en tu contrato de tarjeta de crédito sobrepasa de de forma desproporcionada el tipo de interés publicado por el Banco de España, se considera que la entidad financiera a incurrido en usura.   

¿Qué documentación debo proporcionaros para que analicéis mi caso?

Debes darnos el contrato que firmaste de la tarjeta de crédito,  y el cuadro de amortización o bien los extractos bancarios acreditativos de las cuotas que has ido amortizando. 

¿Y si no dispongo o no encuentro todos los documentos?

No te preocupes, nosotros te orientaremos en esa búsqueda de documentos. 


Entréganos la documentación de que dispongas, es posible que sea suficiente y nos baste para presentar la demanda.  

De hecho,  ten en cuenta que disponiendo de los datos esenciales de la operación de financiación, como son el importe de la compra y las condiciones de financiación, ello podría bastarnos para demandar judicialmente y exigir a la propia entidad financiera el cálculo del importe a devolver en ejecución de sentencia. 

¿Demandáis en cualquier Juzgado de España?

Por supuesto. 


Nuestra plataforma legal on line nos permite defender a nuestros clientes con independencia de tu municipio de residencia, tal como podéis verificar en las Sentencias publicadas en nuestra pagina web y que hemos obtenido en Jugados de Valencia, Guipúzcoa, Toledo, Zaragoza, etc....

Actuamos en defensa de nuestros clientes en todos los Juzgados y Tribunales de toda España. 

¿Que me costara poner en marcha una reclamación?

Arrancaremos el procedimiento sin que debas abonarnos un solo euro.


Cobramos nuestros honorarios al final del procedimiento judicial, y únicamente si obtenemos un resultado favorable y recuperas tu dinero.  En el caso de que obtengamos sentencia estimatoria con condena en costas a la entidad financiera, la demanda te habrá resultado totalmente gratuita porque nuestros honorarios los pagará el banco. En caso de que ganemos la demanda sin condena en costas, nuestros honorarios de letrado ascenderán a un 15% de la cuantía recuperada más el IVA. 

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En Palomar Abogados somos especialistas en Derecho Bancario. A continuación les mostramos otros servicios de Derecho Bancario que también pueden ser de su interés.


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