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SWAP - PERMUTA FINANCIERA

¿Te engañaron al ofrecerte a ti o a tu negocio un swap o contrato de permuta financiera con el pretexto de cubrir un préstamo frente al alza de los tipos de interés?


Lo que aparentemente adquiriste como un seguro para controlar el coste financiero de tu préstamo fue en realidad un fraude bancario. Te vendieron, haciéndote caer en la trampa, un seguro para cubrir aparentemente tu préstamo frente al incremento de los tipos de interés, cuando en realidad con esta treta te estaban ofreciendo era un producto financiero accesorio a tu préstamo complejo y extremadamente arriesgado, del cual podían derivar desproporcionadas liquidaciones negativas en tu contra y enormes pérdidas para tu negocio, como lamentablemente resultó.

Sin que nadie te lo advirtiera, el acto de pillaje estaba servido, y el swap bonificado se convirtió en una espiral de pérdidas. Los costes de cancelación del swap eran altísimos e inasumibles, por lo que es posible que incluso negociaras con el banco nuevos contratos de swap que sustituyeran al anterior, empeorando incluso la situación. O incluso es posible que, ante el engaño efectuado por el banco, decidieras cancelar anticipadamente tu préstamo para tratar de evitar el desastre, sin resultado alguno, puesto que el swap continuaba en vigor. En definitiva, tu negocio incurrió en cuantiosísimas pérdidas sin que tu siquiera hubieras imaginado cuando lo contrataste que dicha permuta financiera o swap te originarían los perjuicios que finalmente sufriste.

El banco incumplió el deber legal de informarte, en tu condición de cliente minorista, de la verdadera naturaleza del producto y sus riesgos asociados.

Por ello, tienes perfecta posibilidad de revertir esa situación fraudulenta de la que fuiste víctima y recuperar para tu empresa el dinero perdido como resultado de la engañosa comercialización del swap o permuta financiera por parte de la entidad bancaria.

El Tribunal Supremo se ha pronunciado en reiteradas ocasiones frente a este  acto de defraudación bancaria, la última de ellas por medio de la Sentencia 89/2018, de 19 de febrero,  a favor de los clientes que suscribieron el contrato de swap o permuta financiera.

Acude a Palomar Abogados. Te defenderemos. Interpondremos una demanda solicitando la anulación del contrato de swap o, en su caso, la indemnización de daños y perjuicios por el incumplimiento del deber de información por parte de la entidad bancaria, de tal forma que puedas recuperar la cuantía que tu empresa perdió debido a la suscripción de dicho producto.

La especialización de nuestros profesionales en demandas relativas a productos financieros complejos, contrastable en multiples sentencias publicadas en nuestra pagina web, hace de Palomar Abogados la mejor opción para aquellas empresas o particulares que suscribieron un contrato de swap o permuta financiera y pretendan recuperar las cuantiosas pérdidas que injustificadamente sufrieron.

 


Tiene alguna duda? Necesita asesoramiento?

Contacte con nosotros ahora y le atenderemos telefónicamente o
envíenos un contacto y le llamaremos a la hora que prefiera.

Preguntas Frecuentes

¿En qué me engaño mi banco con ese swap, para que yo pueda?

Dada la condición de cliente minorista de tu empresa o la tuya misma como autónomo, el banco debió haber evaluado si, en atención a la situación financiera y objetivos de tu empresa, el producto swap era recomendable y, lo que es más importante, debido haberse asegurado de que comprendías adecuadamente la naturaleza del producto que te ofrecían y los riesgos asociados al mismo.


 La obligación legal de informar no fue cumplida, y el engaño de que fuiste objeto te ocasionó el consiguiente perjuicio económico, por lo que tienes el derecho a solicitar la nulidad del contrato o la indemnización de daños y perjuicios, y a recuperar de esta forma todo aquel dinero que fraudulentamente se te quitó.


¿Y si hace más de cuatro años que venció el swap? ¿No se me ha acabado el plazo para reclamar?

En absoluto, ni mucho menos. 


Aunque la acción de nulidad se encuentre caducada, es perfectamente viable interponer una acción judicial para solicitar la indemnización de daños y perjuicios por el engaño en la venta de tu swap o permuta financiera, y recuperar exactamente de igual forma tu dinero. .

Sin ir mas lejos, la Audiencia de Valencia en su sentencia 682/17, de 12 de diciembre, aun considerando caducada la acción de nulidad del contrato de swap por haber transcurrido más de 4 años desde su realización, condenó al banco a indemnizar a su cliente los daños y perjuicios por el importe de la pérdida que éste había sufrido debido a la actuación fraudulenta del banco. 

Para cualquier contrato de swap que hubiese finalizado posteriormente al 7 de octubre de 2005, de acuerdo con la legislación civil vigente el plazo para interponer la acción judicial para solicitar la indemnización de daños y perjuicios prescribe el 7 de octubre de 2020. 




¿Que documentación debo recoger y enviarles para que tramiten mi demanda por la actuación engañosa de mi banco? ¿Y si no dispongo de ella?

Usted puede entregarnos o hacernos llegar por e-mail la siguiente documentación: 


  • El contrato de préstamo.
  • El contrato de swap o permuta financiera.
  • Los extractos bancarios en que figuren las liquidaciones, tanto a su favor como en su contra, por motivo del contrato de swap.
  • Cualquier documento, sea del tipo que sea, que haya usted firmado con relación al préstamo o al contrato de swap, así como cualquier correspondencia o e-mail que documente su trato con el banco con respecto a dicha operación..
No se preocupe que le ayudaremos a ordenar su documentación relativa al fraude bancario si lo precisa, y si le faltan documentos, se los pediremos al banco.

¿Pueden llevar mi demanda sea cual sea la provincia en la que resida? ¿Inclusive pueden venir a verme?

Claro que sí, sin el menor problema. 


Llevamos demandas judiciales en toda España, y su lugar de residencia no es problema ninguno para que llevemos su asunto o que nos reunamos con usted. 

Usted no tiene que moverse de su domicilio para visitarnos.

¿A cuánto ascenderán sus honorarios?

Si usted gana el juicio, además de recuperar su dinero, el abogado no le habrá costado un sólo euro, porque nuestros honorarios los pagará el banco.

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