- Fecha: 13-09-2024
- Palomar Abogados
BANCO MEDIOLANUM. PHISHING. INDEMNIZACIÓN DE 15.571.-€
Un Juzgado de Valencia condena a BANCO MEDIOLANUM a indemnizar a nuestro cliente los 15.571.-€ que le fueron sustraídos por un phishing bancario.
La Sentencia 268/2024, de 2 de septiembre, del Juzgado de Primera Instancia nº 29 de Valencia, obtenida por Palomar Abogados, ha declarado la responsabilidad de BANCO MEDIOLANUM por el defectuoso funcionamiento de su sistema de seguridad en los pagos, condenando a la referida entidad financiera a abonar a nuestro cliente los 15.571.-euros que le habían sido sustraídos, así como los intereses legales y las costas procesales.
La resolución judicial ha fundamentado tal responsabilidad legal y contractual de BANCO MEDIOLANUM en que no ha podido probarse por la entidad bancaria que se proporcionaran a nuestro cliente de forma personalizada los mecanismos anti-phishing de supervisión suficientes de carácter reforzado, para detectar y evitar este tipo de fraude.
Adjuntamos la referida sentencia a este post, de forma que puedas comprobar su texto íntegro.
La técnica de engaño utilizada por el ciberdelincuente, en su actuación fraudulenta, consistió en combinar un mensaje SMS alertando de una "incidencia de seguridad" con una llamada de teléfono efectuada por un individuo que aparentaba ser un empleado de BANCO MEDIOLANUM, y urgía a nuestro cliente a que, por su seguridad, le comunicase los códigos numéricos que iba recibiendo en su dispositivo móvil.
Nuestro cliente, persuadido por el engaño o técnica de ingeniería social de su interlocutor telefónico, suministró seis códigos numéricos de validación que supusieron la ordenación fraudulenta de cinco operaciones de pago con tarjeta de débito y una operación de pago con tarjeta de crédito, sumando todas ellas la citada cuantía de 15.571.-euros.
En Palomar Abogados consideramos esencial trasladar a aquellos afectados por un phishing bancario que el hecho de haber entregado los códigos numéricos de validación al ciberdelincuente no les impide reclamar judicialmente a la entidad bancaria la responsabilidad por la pérdida sufrida, por cuanto que la ley considera que tal acción se enmarca en un engaño que el afectado no pudo evitar, no resultando por tanto culpable por ello.
Dice la referida Sentencia del Juzgado de Primera Instancia 29 de Valencia, "Considera la entidad bancaria que la conducta del actor pudo incurrir en falta de diligencia por facilitar por teléfono los códigos recibidos en su terminal por SMS, pero ello no puede reputarse como negligencia grave, que es la única que admite el art. 44 del Real Decreto-ley 19/2018 para exonerar al proveedor del servicio de pago de su responsabilidad"
En Palomar Abogados nos es grato el haber obtenido un nuevo éxito judicial, resultado del compromiso de profesionales expertos en la litigación dentro del área del phishing bancario.
Si has resultado afectado por un phishing bancario, contáctanos. Los profesionales de Palomar Abogados te defenderán con rigor y profesionalidad.
Así lo avalan de hecho las sentencias obtenidas en Juzgados y Tribunales a lo largo de toda España, que puedes comprobar en nuestra pagina web. Recientemente tuvimos una entrevista con el medio CADENA SER en la que explicamos las características de la reclamación. Puedes escucharla aquí:
Igualmente PALOMAR ABOGADOS ha expuesto las especificidades del phishing bancario en una entrevista mantenida con el programa magazine "De la Noche al Dia" de la radio autonómica de las Islas Canarias, tal como puedes apreciar en audio que te adjuntamos.
Cuéntanos tu caso, lo analizaremos en detalle, sin ningún compromiso, y te proporcionaremos un riguroso y franco diagnóstico. Estamos convencidos en poder ayudarte de forma eficiente a reclamar tu dinero.
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