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SENTENCIA EXONERATORIA AUDIENCIA ALICANTE.

  • Fecha: 31-01-2026
  • Palomar Abogados

SENTENCIA EXONERATORIA AUDIENCIA ALICANTE.

La Audiencia Provincial de Alicante (Sección 9ª) emite una sentencia exoneratoria de la deuda de un particular incluyendo créditos contraídos con la A.E.A.T
La Audiencia Provincial de Alicante emitió la sentencia 121/2025, de 18 de julio, por virtud del cual exoneró a un particular de la totalidad de las deudas contraídas con entidades privadas,  y a su vez despejó el marco de incertidumbre que hasta este momento dominaba el  panorama legislativo en lo que respecta al régimen de exoneración de los créditos públicos.

En concreto, dicha sentencia, sin discutir la procedencia de la exoneración del pasivo insatisfecho por el deudor, reseña que en aplicación de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, "las deudas para cuya gestión recaudatoria se competente la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrán exonerarse hasta el importe máximo de 10.000.-euros por deudor; para los primeros 5.000.-euros de deuda la exoneración de deuda será íntegra, y a partir de esa cifra la exoneración alcanzará el cincuenta por ciento de la deuda hasta el máximo indicado"

En PALOMAR ABOGADOS sabemos que atravesar una situación de insolvencia no significa estar ante un callejón sin salida. La Ley de Segunda Oportunidad ofrece a particulares y avalistas la posibilidad de liberarse total o parcialmente de sus deudas, tanto frente a entidades privadas como públicas, en este último caso conforme a unos porcentajes establecidos legalmente.

Tus deudas con entidades financieras, con la A.E.A.T y con la Tesorería General de la Seguridad Social pueden beneficiarse de la total exoneración o de un plan de pagos razonable y proporcionados si encargas los servicios profesionales de PALOMAR ABOGADOS. 

Estudiaremos minuciosamente tu situación económica, de ingresos y cargas familiares, así como aquellos aspectos relevantes que podamos usar en tu beneficio a efectos de justificar que en tu situación de sobreendeudamiento actuaste conforme a la buena fe, resultando merecedor del beneficio de una segunda oportunidad y así obtener la exoneración de tus deudas o la aprobación de ese plan da pagos reducido y razonable.

Los Tribunales, incluido el Tribunal Supremo,  aplican cada vez con mayor flexibilidad y comprensión esta figura, reconociendo el derecho a un nuevo comienzo para quienes, independientemente de sus ingresos, se han visto desbordados por su situación financiera.

Contáctanos ya, te ayudaremos a que puedas "comenzar de nuevo".


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