- Fecha: 10-09-2024
- Palomar Abogados
¿CLIENTE DE BANCO MEDIOLANUM VICTIMA DE UN PHISHING? RECLAMA YA
Si eres cliente de BANCO MEDIOLANUM y has sido objeto de una estafa de phishing, puedes reclamar al banco la devolución de tu dinero.
Si eres cliente de BANCO MEDIOLANUM y sufriste un phishing bancario, debes saber que puedes reclamar judicialmente a tu entidad financiera que responda del perjuicio económico que has sufrido, aunque por error hubieras entregado los códigos al ciberdelincuente.
Tanto es así, que en un caso de este tipo el Juzgado de Primera Instancia nº 29 de Valencia, en su sentencia 268/2024, de 2 de septiembre, condenó a BANCO MEDIOLANUM a a abonar a nuestro cliente los 15.571.-euros que le habían sido sustraídos , así como los intereses legales y las costas procesales.
La estafa se había materializado combinando medios tecnológicos con técnicas de ingeniería social, propiciando que el ciberdelincuente obtuviese los códigos numéricos OTP del cliente bancario y que se adueñara de las tarjetas de pago, efectuando con ellas hasta 6 operaciones de pago no autorizadas.
Adjuntamos la referida sentencia a este post, de forma que puedas comprobar su texto íntegro.
Tal como ha declarado INCIBE y los medios de prensa en multitud de ocasiones, la vulnerabilidad y riesgo a que están expuestos los instrumentos de pago, tarjetas de débito y crédito, trasciende al tipo de conducta que pueda observar el titular de estos. La especialización por parte de la ciberdelincuencia en la usurpación de los elementos de seguridad personalizados hace que, en este particular ámbito de los instrumentos de pago, el fraude pueda operar exitosamente pese a que el titular haya actuado diligentemente.
En Palomar Abogados supimos justificar que nuestro cliente, pese a haber entregado códigos numéricos de validación de las operaciones, no actuó con negligencia grave y por tanto no le correspondía acarrear con la responsabilidad de la pérdida sufrida.
La Sentencia del Juzgado de Primera Instancia 29 de Valencia nos dio la razón, y manifestó que en la entrega de tales códigos numéricos efectivamente no existió tal negligencia grave, que es la única que hubiera justificado conforme al articulo 44 de la Ley de Servicios de Pago la existencia de responsabilidad del cliente bancario. Por contra, según el referido fallo judicial fue BANCO MEDIOLANUM el responsable de tal pérdida, pues debió haber provisto a su cliente de mecanismos de detección del fraude personalizados y reforzados, y no lo hizo, no bastando a tales efectos las advertencias genéricas de seguridad a través de la página web.
Recientemente tuvimos una entrevista con el medio CADENA SER en la que abordamos en profundidad esta problemática.
Igualmente PALOMAR ABOGADOS ha hablado del phishing para el programa magazine "De la Noche al Dia" de la radio autonómica de las Islas Canarias, tal como puedes apreciar en audio que te adjuntamos.
Cuéntanos tu caso, lo analizaremos en detalle, sin ningún compromiso, y te proporcionaremos un riguroso y franco diagnóstico. Estamos convencidos en poder ayudarte de forma eficiente a reclamar tu dinero.
Documentos relacionados de la sentencia
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